En
el mes de septiembre de este año, el Grupo Anarquista Pulso inició un
ciclo de charlas, debates y talleres con el nombre “Estar Preparadxs” (www.estarpreparadxs.noblogs.org),
con la idea de poner ideas, nociones y saberes en común para poder
incrementar la seguridad de cada uno/a. La idea que subyace detrás de
esta iniciativa es que, frecuentemente, en colectivos militantes falta
un posicionamiento político profundo y racional respecto del papel que
juegan los cuerpos de “seguridad” del Estado en nuestra sociedad, así
como un conocimiento extenso acerca del funcionamiento de los mecanismos
represivos. En su carta de presentación, el Grupo organizador
estableció que “creemos que podemos hacer más por protegernos y
proteger a las/os nuestras/os haciéndonos conscientes de los riesgos,
prestando atención a la cuestión de la seguridad como un elemento más,
cuando desarrollamos nuestra actividad. En conclusión, nos parece
necesario afrontar el reto de construir una cultura de la seguridad que
nos permita trabajar sin bloquearnos, incorporando prácticas que
permitan reducir los riesgos sin olvidar que, aún tomando las medidas
que estén en nuestra mano, siempre tendremos que asumir una cierta
inseguridad que está fuera de nuestro control, para cuyas consecuencias
también sería lógico aprender a preparase”.
En este sentido, y tras un proceso
de debate, el Grupo Anarquista Pulso organizó las mencionadas Jornadas,
con la intención de plantear una reflexión colectiva y dotarnos de los
conocimientos técnicos y legales que nos permitan prevenir gran parte de
las bajas que sufrimos. Y una de las herramientas que se proporcionó
fue una charla titulada “Se complicaron las cosas… ¿qué hacer en caso de
detención?”, impartida el 27 de septiembre.
El texto que introducimos a
continuación es un resumen de dicha charla y consideramos interesante
su difusión porque con tener claras unas pocas nociones la experiencia
traumática de una detención se puede ver drásticamente reducida.
Cualquiera puede ser detenido/a en un momento dado, y la incertidumbre
es parte del castigo. Lo que buscamos con este artículo es atenuar dicho
castigo.
¿Qué es una detención? ¿Cuándo se me puede detener?
Una detención es una privación de
libertad temporal (no puede superar las 72 horas de duración)
justificada por la comisión de un delito (o para obligar a comparecer a
una persona fugada ante la autoridad judicial o centro penitenciario
oportuno). Es decir, en caso de que se hubiera cometido una falta o una
infracción administrativa, la detención es, en general, inviable, y en
estos supuestos se debería citar al interesado/a en su domicilio y no
detenerle.
Hay
que tener en cuenta que para que se produzca la detención no es
necesario que el delito se haya cometido en el momento; la investigación
de los hechos, localización del/la imputado/a y su detención se pueden
producir con posterioridad.
También debemos tener presente que
cualquier persona puede llevar a cabo una detención, si ha presenciado
la comisión de un delito. Es decir, no es necesario que sea un/a policía
el que lo realice. Sin embargo, si la detención la efectúa un
particular, deberá poner al detenido a disposición de las fuerzas y
cuerpos de seguridad del Estado a la mayor brevedad posible. Por tanto,
tarde o temprano, un/a detenido/a acabará bajo custodia policial.
¿Qué ocurre durante el tiempo de detención?
En primer lugar, el detenido es
trasladado a la comisaría de la localidad o distrito en que se han
producido los hechos. Una excepción a esta norma se da cuando, por razón
de especialidad, el/la detenido/a ha de ser trasladado a alguna
comisaría concreta. Por ejemplo, si los hechos tienen lugar en el marco
de una manifestación o acto político, los/as detenidos/as suelen acabar
en las dependencias de la Brigada Provincial de Información.
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Calabozo
Una vez en comisaría, a la persona
detenida se le traslada al pre-calabozo, donde le quitan sus
pertenencias y (en teoría) le informan de sus derechos y del motivo de
su detención de forma clara y comprensible.
A continuación, los agentes le
preguntan si quiere designar un/a abogado/a particular y si quieren que
se informe de su detención a alguna persona. Para poder nombrar un/a
abogada/o es necesario saber su nombre y sus dos apellidos (si no los
conoces, te nombrarán un/a abogado/a de oficio), y para pedir que
informen a alguien hay que decir su número de teléfono de memoria. Con
esta persona no puede hablar la persona detenida, sino que será un
policía quien le llame y le informe de la detención.
Por último, los agentes toman las
huellas y fotos del detenido antes de trasladarle al calabozo, donde se
encontrará privado de libertad durante varias horas, mientras los
policías que participaron en la detención redactan el atestado policial
(lo cual es una denuncia contra el/la detenido/a, imputándole la
comisión de uno o varios delitos).
Declaración policial
Unas horas más tarde, la/el abogada/o
designada/o (ya sea particular o del turno de oficio) aparecerá en la
comisaría para asistir a la persona detenida en su declaración. La
declaración policial es una diligencia por la que hay que pasar
obligatoriamente; otra cosa es que el/la detenido/a decida declarar o
no. En todo caso, el/la abogado/a debe estar presente en el acto de la
declaración, por lo que no se debe hablar con los agentes sin su
presencia.
El problema es que, en la actualidad,
el/la letrado/a no puede entrevistarse y asesorar al/la detenido/a antes
de la toma de declaración en comisaría, por lo que entendemos que es
preferible declarar ante el Juez que ante la policía. La declaración
judicial, al igual que la policial, es igualmente obligatoria y se
produce a las horas de la primera (así que si te dicen que si declaras
en comisaría te libras de ir al Juzgado, no te fíes).
Tras la diligencia de toma de
declaración en comisaría (en la que, si todo va bien, el/la detenido se
ha negado a declarar), se produce una entrevista reservada y
confidencial con el/la abogado/a y luego el/la detenido/a retorna al
calabozo, a la espera de ser trasladado al Juzgado de Guardia más
próximo.
Declaración judicial
Como adelantamos, unas horas después
el/la imputado/a será trasladado ante el Juzgado para prestar
declaración, de nuevo. Sin embargo, en esta ocasión el/la abogado/a sí
podrá consultar el atestado policial y asesorar al/la declarante antes,
lo cual permite estudiar con detenimiento los hechos, las posibles
imputaciones y diseñar la estrategia a seguir.
Tras este trámite, lo normal es que la
persona detenida sea puesta en libertad, salvo que, por la gravedad de
los hechos imputados y la existencia de un posible riesgo de fuga, se
acuerde la prisión provisional a espera de juicio como medida cautelar
excepcional.
Consejos prácticos para toda persona detenida
1. Regla de oro: en comisaría, ¡no declares! Para evitar meter la pata
es mejor no declarar nada hasta llegar al Juzgado donde ya podrás ver
toda la documentación relativa a la detención, incluyendo el atestado.
2. Apréndete el nombre y apellidos de
un/a abogado/a de confianza, alguien que sepas que defenderá tus
intereses adecuadamente. Si no conoces a ninguno/a, pregunta a tus
amistades.
3. Habla previamente con tus amigos/as y
explícales qué quieres que hagan en caso de detención: a quién han de
avisar, a quién no, si han de llamar a tu centro de trabajo e inventarse
una excusa o no, etc. Ten en cuenta que la detención puede durar hasta
72 horas y alguien tendrá que gestionar tus asuntos en tu ausencia.
4. No firmes nada sin leerlo
previamente. Por ejemplo, cuando la policía reseña los efectos
personales que te han intervenido, no firmes la lista sin verificar que
te han añadido algún objeto que no te pertenece. Tampoco toques ningún
objeto que te ofrezcan.
5. Niégate a proporcionar muestras de tu ADN (como saliva) sin el asesoramiento previo de tu abogado/a.
6. No hables, ni declares, ante los
agentes, ni ante nadie, sobre los hechos relativos a la detención, y
menos sin la presencia de tu abogado/a. Por mucho que te digan lo
contrario, cualquier declaración sin su asistencia es ilegal.
6. Si te encuentras mal o has sido
agredido/a, solicita ser reconocido por un facultativo médico. Incluso
si no has sufrido ningún abuso o agresión, puedes solicitarlo, para que
conste que no tenías lesiones al inicio del proceso (por si
posteriormente recibes algún golpe).
De lo que se trata es de mantener la
calma. Las horas de detención son muy críticas y lo que ocurra en ellas
afecta al resto del procedimiento penal (el cual se prolonga durante
meses después de la detención que lo inicia todo), por lo que hay que
hacerlo todo bien. No podemos dejar que la rabia, las ganas de salir, la
frustración y la indignación nos jueguen malas pasadas. Ten claras las
ideas básicas y contribuye a construir una cultura de seguridad que nos
permita a todos/as estar preparados/as para afrontar cualquier golpe
represivo.
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Escucha un programa de radio relatando qué hacer en caso de detención en www.cabezasdetormenta.org/2013/07/43-que-hacer-en-caso-de-detencion-cronica-de-un-viaje-a-comisaria
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